Con fecha 26 de diciembre, se publicaron en el Diario Oficial las Instrucciones Generales N° 2, 3 y 4, dictadas por la Agencia Nacional de Ciberseguridad (“ANCI”), las cuales establecen nuevas obligaciones para las instituciones que prestan servicios calificados como esenciales y para aquellas calificadas como Operadores de Importancia Vital (“OIV”), en el marco de la Ley Marco de Ciberseguridad N° 21.663.
En particular, la ANCI impartió las siguientes instrucciones:
A continuación, nuestro equipo de Tecnología y Protección de Datos, preparó un resumen del contenido de las Instrucciones Generales.