Con fecha 21 de enero de 2020, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 821 que “Modifica Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, conocido como “Reglamento de Compras Públicas”.
El principal objetivo de esta reforma fue introducir una nueva modalidad en los procedimientos de compras regidos por la Ley 19.886, denominado “Compra Ágil”, que considera la adquisición de bienes o servicios por montos iguales o menores a 30 UTM, lo que permitirá reducir los costos asociados a los procesos de compras menores y promover una mayor agilidad, simplicidad y eficiencia en estas transacciones.
Lo anterior es especialmente relevante si se considera que las compras de menor monto representan la mayoría de las transacciones en Mercado Público, lo que significó en el año 2019 el 80% de las compras, por un monto de US $936 millones, que equivalen a un 8% del monto total transado dicho año.
En el contexto anterior, el equipo de Derecho Público de Barros & Errázuriz desarrolló un informe con el análisis de las principales modificaciones.
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