La Ley N°21.822, denominada Ley Integral de las Personas Mayores y de Promoción del Envejecimiento Digno, Activo y Saludable, fue publicada el 1 de junio de 2026 en el Diario Oficial. La norma entrará en vigencia el 1 de junio de 2027 e incorpora una serie de medidas destinadas a promover la inclusión, protección y participación activa de las personas mayores.
Desde una perspectiva laboral, uno de los cambios más relevantes es la creación del Contrato del Trabajador Adulto Mayor, aplicable de manera voluntaria a personas de 60 años o más que celebren un contrato bajo este régimen especial.
Entre sus principales características destacan la posibilidad de establecer modalidades de jornada flexible, incluyendo bandas horarias o libre elección de horario; la facultad de pactar la suspensión temporal del contrato sin pérdida de antigüedad ni derechos laborales; y la opción de utilizar el feriado legal de manera anticipada y proporcional a partir del séptimo mes de prestación de servicios.
Asimismo, la ley exige que las funciones desarrolladas sean compatibles con la condición física y capacidades del trabajador, reforzando el deber de protección del empleador en materia de seguridad y salud laboral.
La entrada en vigencia diferida de estas disposiciones entrega a las empresas un plazo para evaluar el impacto de la nueva regulación y adaptar sus políticas y prácticas laborales a este nuevo marco normativo.
Nuestro equipo Laboral preparó un análisis detallado sobre esta nueva legislación, el que puedes revisar haciendo clic aquí.